Áreas Actuación Abogados Miranda Otaño

Nuestras áreas de actuación se centran en el Derecho Civil, Procesal, Familia y Penal.

CIVIL Y PROCESAL
– Contratos de cualquier tipo, redacción y resolución de los mismos.
– Escrituras públicas.
– Accidentes en general.
– Reclamaciones de seguros.
– Indemnizaciones.
– Embargos.
– Reclamaciones de cantidad (morosos).
– Arrendamientos urbanos y rústicos.
– Comunidades de propietarios.
– Tercerías de dominio.
– Acción reivindicatoria y Deslinde.
– Responsabilidad por vicios en la construcción.
– Desahucios.
– Sucesiones.

En el ámbito del Derecho Civil y Procesal la experiencia constituye un valor esencial a la hora de determinar la mejor solución para el cliente tanto a la hora de orientar la toma de decisiones en prevención de futuros conflictos como en el análisis de los asuntos judiciales encomendados.En materia de contratación analizamos en profundidad y sin límite de tiempo las necesidades de nuestros clientes para lograr el acuerdo más satisfactorio posible.Ante un asunto judicial tenemos por norma la atención inmediata al cliente y el estudio exhaustivo del problema planteado con el fin de determinar la solución más beneficiosa para nuestros clientes. Si entendemos que dicha solución pasa por un acuerdo amistoso se informará al cliente y, previa su conformidad, se agotarán todas las vías para tratar de llegar al mismo.

DERECHO DE FAMILIA
– Divorcios y separaciones.
– Nulidades.
– Medidas provisionales.
– Custodia de los menores.
– Liquidación del régimen económico matrimonial.
– Régimen de visitas.
– Pensiones compensatorias.
– Pensiones de alimentos.

En el Derecho de Familia prestamos asesoramiento en procesos de separación, divorcio y nulidad matrimonial, tanto de mutuo acuerdo como contenciosos y en procesos de Modificación de Medidas para extinguir o modificar las cuantías de la pensión de alimentos y compensatoria, régimen de guarda y custodia, visitas, patria potestad y atribución del uso y disfrute de la vivienda conyugal.Asimismo realizamos todos los trámites judiciales y extrajudiciales necesarios para liquidar y repartir el patrimonio común de la sociedad de gananciales, formalizando el inventario de bienes y deudas y la propuesta de liquidación y adjudicación a cada uno.

DERECHO PENAL
Acusación particular y defensa en todo tipo de asuntos penales.

Asesoramiento previo:

La experiencia demuestra que muchos de los conflictos judiciales civiles tienen su origen en un deficiente asesoramiento previo por lo que consideramos esencial contar con la opinión de un profesional antes de llevar a cabo una actuación con trascendencia jurídica. Una breve consulta o un informe previo de un abogado evitan, en innumerables ocasiones, que nazca un procedimiento judicial con el consiguiente ahorro económico y tranquilidad que ello supone.

No son pocos los casos de personas que recurren a los servicios de otros profesionales en la errónea creencia de que los abogados resultan más caros cuando solo un abogado ofrecerá las necesarias garantías de formación, deontológicas y de responsabilidad civil.

Desde Miranda-Otaño consideramos superada la visión del abogado como un profesional dedicado únicamente a la defensa en juicio de los intereses de nuestros clientes y apostamos por el asesoramiento previo. Si tiene un conflicto, quiere formular una reclamación o va a suscribir un contrato del tipo que sea no dude en recurrir a nuestros servicios profesionales pues solo así tendrá la seguridad de que sus derechos e intereses son defendidos con todas las garantías y sentará las bases necesarias para prevenir la aparición de un futuro conflicto judicial.

MEDIACIÓN:

Los profesionales que componen el despacho están inscritos en el CEMICATF (Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife) poniendo a disposición de sus clientes un medio alternativo de resolución de conflictos como es la mediación, regulada en la Ley 5/2012, de 6 de Julio.

Los mediadores son profesionales con formación específica en mediación y resolución de conflictos, sirviendo de puente, mediante la búsqueda del diálogo, para alcanzar acuerdos en los que las partes son los protagonistas del proceso.
Los principios por los que se rige la mediación son la voluntariedad de las partes, la confidencialidad de lo tratado y la neutralidad de los mediadores intervinientes.

Las principales ventajas que la mediación ofrece frente a la vía judicial son:
Menor coste económico.
Menor coste emocional o personal.
Menor tiempo para la resolución del conflicto que la vía judicial.

Mayor respeto y cumplimiento de lo acordado que lo dictado en sentencia tras un proceso judicial.
A través de la mediación, sin necesidad de acudir a la vía contenciosa, o una vez suspendida la vía judicial, se pueden resolver conflictos existentes entre partes en todo tipo de asuntos civiles.